De acuerdo a lo señalado por el abogado, entre las consideraciones del Tribunal para condenar al acusado esgrimidas en la sentencia de fecha 9 de noviembre de 2024, se encuentra que no cabe duda alguna acerca de la verosimilitud en las declaraciones prestadas por la víctima, testigos y perito, pues dieron cuenta de manera detallada y extensa los hechos materias del juicio, refiriéndose a ellos en forma consistente, coherente y sin contradicciones.
“Las declaraciones dan cuenta de una dinámica de violencia del padre a hija y en el grupo familiar en general, en el cual se transgredió la indemnidad sexual de la niña, sosteniendo en dicha sentencia la credibilidad de su relato”.
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