Categories: Crónica Roja

Limache: Fiscalía logra pena efectiva de 10 años y un día para autor de explotación sexual

El imputado fue condenado por violación impropia contra una víctima menor de 14 años.

Una pena efectiva de 10 años y un día de presidio deberá cumplir un hombre de 38 años, de nacionalidad chilena, condenado por delitos de explotación sexual en contra de una menor de edad, hechos ocurridos en la comuna de Limache.

El juicio se desarrolló ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, sala presidida por la magistrada Mónica Oliva Rybertt e integrada además por las juezas María Luisa Ríos Latham y Genoveva Matteucci Vega.

Contexto del delito

De acuerdo con los antecedentes expuestos por el fiscal preferente en causas de Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA), Álvaro Mansilla, los hechos ocurrieron el 29 de agosto de 2024.

La víctima —menor de 14 años y residente de un hogar familiar de Quillota— se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad al momento del delito.

Según lo acreditado en juicio, durante la madrugada, al interior de un motel ubicado en el Camino Internacional Tabolango, el imputado se aprovechó de que la adolescente se encontraba privada de sentido para cometer actos de connotación sexual de manera reiterada. La agresión ocurrió además en presencia de otras dos adolescentes.

El persecutor agregó que el acusado entregó dinero, alcohol y drogas a la víctima y a las otras menores, elementos que formaron parte del contexto de explotación establecido por el tribunal.

Pruebas y acreditación de los hechos

Durante el juicio se rindió prueba testimonial, pericial y documental, además de otros medios que permitieron acreditar la responsabilidad penal del acusado.

La sentencia señala que los hechos fueron comprobados conforme al estándar de convicción exigido por el artículo 340 del Código Procesal Penal.

Condena y sanciones accesorias

El Tribunal Oral en lo Penal de Quillota condenó al imputado como autor del delito de violación impropia —tipificado en el artículo 362 del Código Penal— en contexto de explotación sexual.

Se le impuso la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, de cumplimiento efectivo.

Asimismo, se decretó su inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos u oficios en ámbitos educacionales o que impliquen trato directo y habitual con menores de edad.

Prensa

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