
El acusado incumplió múltiples veces medidas judiciales y mantuvo un patrón de violencia física y psicológica contra la madre de su hijo, que solo se detuvo con su ingreso a prisión.
Un caso marcado por la reiteración de la violencia y el incumplimiento sistemático de medidas judiciales terminó con una condena de 6 años de cárcel efectiva para un hombre de 25 años, sentenciado por el Tribunal Oral en lo Penal de Quillota tras una investigación liderada por la Fiscalía de Limache.
El imputado, identificado como J.G.G.R., fue condenado por una serie de delitos cometidos entre 2024 y 2025, todos en contexto de violencia intrafamiliar, incluyendo desacatos reiterados, lesiones menos graves y daños, en perjuicio de la madre de su hijo.
Un patrón de violencia persistente
Durante el juicio, la Fiscalía acreditó que no se trató de hechos aislados, sino de una escalada de agresiones que fueron aumentando con el tiempo, afectando no solo a la víctima directa, sino también a su entorno familiar.
“Se trata de un acusado que en forma reiterada ejerció violencia física y psicológica (…) no se pueden ver como hechos distintos, sino como un patrón de violencia del agresor”, expuso el fiscal (S) de Limache, Rodrigo Lippi.
El persecutor enfatizó además que el imputado desafió de manera constante las medidas de protección decretadas por la justicia, especialmente la prohibición de acercamiento, lo que evidenció un desprecio reiterado por la ley.
Desacato y violencia pese a medidas judiciales
Uno de los elementos más graves del caso fue el incumplimiento sistemático de las resoluciones judiciales. Según la Fiscalía, el acusado actuó con plena intención en cada uno de estos episodios.
“El acusado actuó con dolo en cada uno de los incumplimientos (…) aumentando el desvalor de su conducta”, sostuvo Lippi en sus alegatos finales.
La prueba presentada incluyó testimonios de la víctima y su círculo cercano, además de evidencia documental y material que permitió reconstruir la secuencia de hechos y demostrar la progresión de la violencia.
Condena efectiva y medidas de protección
El tribunal –integrado por la jueza Leticia Morales Polloni, el juez Lino Godoy Órdenes y la jueza Carolina Encalada Passalacqua– condenó al imputado a:
- 5 años de cárcel por desacatos reiterados
- 300 días de presidio por lesiones menos graves en contexto VIF
- 61 días de presidio por daños simples
Todas las penas deberán cumplirse de manera efectiva, comenzando por la más alta.
Además, se decretó la prohibición de acercarse a la víctima por 2 años, como medida de protección adicional.
Este caso vuelve a poner en evidencia la gravedad de los delitos de violencia intrafamiliar y la importancia de reforzar los mecanismos de protección para las víctimas, especialmente cuando existen incumplimientos reiterados de medidas judiciales.