
La víctima sufrió una fractura expuesta con pérdida ósea tras recibir un impacto de bala en plena vía pública.
Una violenta noche que dejó secuelas irreversibles terminó con una condena ejemplificadora. La Fiscalía de Quillota logró que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dictara una pena efectiva de seis años de presidio contra un hombre de 56 años, declarado culpable del delito de lesiones graves gravísimas tras disparar contra su víctima en septiembre de 2021.
El hecho ocurrió cerca de las 22 horas del 13 de septiembre de ese año, cuando la víctima salió de su domicilio en la población Las Praderas rumbo a una vivienda ubicada en el pasaje John Kennedy. Fue en ese trayecto donde se cruzó con el imputado, quien manipulaba un arma de fuego.
Según expuso el Fiscal Jefe de Quillota, César Astudillo, el encuentro terminó en tragedia. “Alrededor de las 22.00 horas, la víctima salió de su domicilio ubicado en la población Las Pradera, en dirección a una casa ubicada en el pasaje John Kennedy, en ese momento se encuentra con el imputado, quien se encontraba en ese instante manipulando un arma de fuego, efectuando un disparo que impactó a la víctima, particularmente en la zona inferior de su pierna, siendo trasladado de urgencia al hospital San Martín de Quillota. Producto de la acción desarrollada por el acusado la víctima resultó con un trauma músculo esquelético de pierna izquierda por proyectil de arma de fuego, fractura expuesta pierna izquierda de tercio medio e inferior con pérdida ósea y de tejido blanco”.
Las consecuencias fueron devastadoras. El disparo no solo provocó una fractura expuesta, sino también la pérdida de tejido y estructura ósea, configurando un daño permanente que marcó la gravedad del ataque.
Durante el juicio, el Ministerio Público presentó prueba testimonial, pericial, documental y fotográfica que permitió acreditar tanto los hechos como la participación del acusado. La sentencia del tribunal fue categórica al señalar que los antecedentes presentados resultaron “consistentes, coherentes y complementarios”, logrando establecer con claridad la responsabilidad penal del imputado.
Finalmente, el Tribunal Oral en lo Penal de Quillota, presidido por el magistrado Javier Albornoz Hernández e integrado por los jueces Sebastián Videla Aspe y Carolina Encalada Passalacqua, condenó al acusado a seis años de presidio efectivo como autor del delito consumado de lesiones graves gravísimas, sancionado en el artículo 397 N°1 del Código Penal.
Además de la pena privativa de libertad, se le impusieron las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.