Durante la audiencia, el Fiscal de Viña del Mar, Stefan Kramar, logró acreditar que el acusado, en compañía de una persona no identificada, interceptó a la víctima en el ‘Parque de la Familia’, ubicado en la variante Agua Santa, en la parte alta de Viña del Mar, cuando debía cumplir con la medida cautelar de arresto domiciliario por una causa de tráfico de sustancias ilícitas en pequeñas cantidades.
En circunstancias que se desconocen, efectuó dos disparos, uno de los cuales impactó en el tórax de Orellana Aguilar, causándole la muerte. Posteriormente, sustrajeron el teléfono celular de la víctima y se dieron a la fuga.
A pesar de que el imputado negó su participación en los hechos, el fiscal a cargo de la investigación, Stefan Kramar, entregó numerosas pruebas testimoniales, periciales y documentales, que sumadas a las inconsistencias en el testimonio del acusado, permitieron acreditar su culpabilidad ante el Tribunal.
“Efectivamente el acusado fue posicionado previo a la ocurrencia de los hechos en el mismo sector donde se encontraba la víctima, dentro del Parque de la Familia lejano a más de dos kilómetros de distancia de su domicilio razón por la cual no es posible que el polígono que capta su georreferenciación pueda ser asociado al inmueble donde se encontraba habitando el acusado. López Otárola necesariamente se desplazó desde su domicilio hasta el mismo sector donde se encontraba la víctima. Y este indicio no puede ser analizado aisladamente, desde que aquella deriva de una circunstancia también objetiva y justificada, como es que la simcard que utilizaba el acusado desde antes del 9 de junio, fue ingresada por éste en el celular de Orellana Aguilar el 10 de junio” , expone la sentencia.
López Otárola fue condenado a 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por el homicidio y a 61 días de presidio menor en su grado mínimo por hurto, además de una multa de cinco unidades tributarias mensuales y penas accesorias Condena que estimó el Tribunal, deberá cumplir de manera efectiva.
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