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	<title>ISAPRE &#8211; Valparaíso Noticias</title>
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		<title>Ex&#225;menes preventivos que no deben olvidarse cada a&#241;o</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Apr 2024 08:13:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[opinion]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="https://www.valparaisonoticias.cl/wp-content/uploads/2024/04/miriam-fuentes-4-900x600-1.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="440" height="295" title="Miriam-Fuentes-4-900x600" align="left" style="margin: 0px 15px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" alt="Miriam-Fuentes-4-900x600" src="https://www.valparaisonoticias.cl/wp-content/uploads/2024/04/miriam-fuentes-4-900x600-thumb.jpg" border="0"></a>Los exámenes preventivos están incluidos en los Problemas de Salud GES, por lo que está determinado a quiénes corresponde realizarlos, en qué edades y qué procedimientos se realizan. Al ser un problema de salud GES no discrimina por previsión de salud, siendo gratuitos tanto para beneficiarios de FONASA e ISAPRES. Para acceder a ellos, las personas FONASA deben solicitar hora en cualquier CESFAM para realizarse el Examen de Medicina Preventiva del Adulto o EMPA, mientras que las personas ISAPRE deben consultar en su ISAPRE por su prestador predeterminado.</p>
<p>Su objetivo es detectar enfermedades de alta ocurrencia en el país. Para esto se realizan exámenes de sangre y consultas con profesionales determinando la aparición de trastornos metabólicos, hormonales, nutricionales, oncológicas en etapas de sospecha o iniciales, permitiendo acceder a un tratamiento oportuno que permita evitar su avance o modificar factores de riesgo para que no se desarrolle la enfermedad. Esto es esencial, sobre todo en el caso de las enfermedades oncológicas donde la detección temprana es un factor fundamental en el pronóstico de la enfermedad.</p>
<p>Incluyen las siguientes enfermedades: Hipertensión arterial, diabetes mellitus tipo 2, dislipidemia, cáncer de próstata, cáncer cervicouterino, cáncer de mamas, infecciones de transmisión sexual, tuberculosis, consumo de sustancias, consumo nocivo de alcohol y tabaco. Además, se incluyen algunos factores de riesgo para el desarrollo de enfermedades cardiovasculares, como son: malnutrición por exceso, glicemia alterada en ayunas, síndrome metabólico, resistencia a la insulina e intolerancia a la glucosa. En el caso de las personas de 65 años y más, se evalúa funcionalidad, entendida como la capacidad de ejecutar acciones que los permitan mantenerse autónomos el resto de su vida.</p>
<p>Los exámenes preventivos se realizan una vez al año e incluyen: Mujeres embarazadas (glicemia en ayunas y prueba de Tolerancia a la Glucosa Oral (PTGO), control de presión arterial y Perfil de presión arterial, Examen VIH, Examen VDRL o RPR para sífilis, diagnóstico nutricional, aplicación de test de consumo abusivo de sustancias); personas de 15 años y más (glicemia en ayunas, control de presión arterial y Perfil de presión arterial, Examen VIH, Examen VDRL o RPR para sífilis, baciloscopia para tuberculosis, diagnóstico nutricional, aplicación de test de consumo abusivo de sustancias); Personas de 40 años y más (examen de sangre de perfil lipídico para diagnóstico de dislipidemia); Mujeres de 25 a 64 años (Papanicolau (PAP) para diagnóstico de cáncer cervicouterino); Mujeres de 50 años y más (mamografía para diagnóstico de cáncer de mamas); Hombres de 40 años y más (examen de sangre de antígeno prostático para diagnóstico de cáncer de próstata) y Personas de 65 años y más (evaluación de funcionalidad).</p>
<p>En el caso de los infantes hay diferencias, ya que en ellos el examen busca pesquisar oportunamente problemas de salud que afecten su normal crecimiento y desarrollo y prevenir el desarrollo de enfermedades cardiovasculares durante la adolescencia y adultez. En este caso las enfermedades y exámenes incluidos son: Recién nacidos (examen de fenilcetonuria e hipotiroidismo congénito y displasia del desarrollo de caderas en prematuros); Lactantes (displasia del desarrollo de caderas, para lo cual se realiza radiografía de caderas); Niños y niñas de 2 a 5 años (sobrepeso y obesidad, estrabismo, defectos en la agudeza visual y detección de malos hábitos bucales).</p>
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		<title>Congreso aprueba ley &#8220;Crianza Protegida&#8221; que beneficia a 850 mil madres, padres y personas a cargo de ni&#241;os menores</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Prensa]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Jul 2020 19:56:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[covid]]></category>
		<category><![CDATA[FONASA]]></category>
		<category><![CDATA[ISAPRE]]></category>
		<category><![CDATA[pandemia]]></category>
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					<description><![CDATA[La normativa, fruto de un acuerdo transversal, crea una licencia médica parental COVID-19 a la que podrán acceder las madres y padres cuyo postnatal haya <a class="mh-excerpt-more" href="https://www.valparaisonoticias.cl/2020/07/21/congreso-aprueba-ley-crianza-protegida-que-beneficia-a-850-mil-madres-padres-y-personas-a-cargo-de-nios-menores/2836" title="Congreso aprueba ley &#8220;Crianza Protegida&#8221; que beneficia a 850 mil madres, padres y personas a cargo de ni&#241;os menores">[...]</a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p align="justify"><i><a href="https://www.valparaisonoticias.cl/wp-content/uploads/2020/07/www.valparaisonoticias.cl-www.valparaisonoticias.cl-despacho-ley-crianza-protegida-2.jpg"><img decoding="async" title="Despacho Ley Crianza Protegida (2)" style="margin: 0px 15px 0px 0px; float: left; display: inline; background-image: none;" border="0" alt="Despacho Ley Crianza Protegida (2)" src="https://www.valparaisonoticias.cl/wp-content/uploads/2020/07/www.valparaisonoticias.cl-www.valparaisonoticias.cl-despacho-ley-crianza-protegida-2_thumb.jpg" width="413" align="left" height="277" /></a>La normativa, fruto de un acuerdo transversal, crea una licencia médica parental COVID-19 a la que podrán acceder las madres y padres cuyo </i><i>postnatal haya vencido a partir del 18 de marzo, y que se podrá extender por hasta tres meses, mientras esté vigente el estado de excepción constitucional.</i><b><u></u><u></u></b></p>
<p align="justify"><i>Asimismo, permite a todas las madres, padres y cuidadores de menores en edad preescolar, acogerse -unilateral y voluntariamente-, a la Ley de Protección del Empleo.</i><b><u></u><u></u></b></p>
<p align="justify">Por amplia mayoría, esta tarde fue aprobado en la Cámara de Diputados, el proyecto “Crianza Protegida”, quedando listo para su despacho a Ley.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">La iniciativa fue fruto de un amplio acuerdo entre el Ejecutivo y parlamentarios de gobierno y oposición, y tiene como objetivo proteger a 850 mil madres, padres y cuidadores de niños en edad pre escolar durante la actual emergencia sanitaria que vive el país producto del COVID-19.<b><u></u><u></u></b></p>
<p align="justify">Para ello, el proyecto crea una nueva licencia médica preventiva parental COVID-19<b> —</b>de cargo de la ISAPRE o de FONASA según corresponda—, a la que podrán acceder todas las madres y padres cuyo posnatal haya vencido a partir del 18 de marzo pasado, pudiendo extenderse por hasta tres meses, mientras se mantenga el estado de excepción constitucional debido a la pandemia.&#160; De esta manera, los padres podrán seguir recibiendo el monto equivalente al recibido durante el permiso postnatal parental.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Asimismo, el proyecto permite a quienes tienen a su cargo el cuidado de niños menores de seis años (nacidos desde 2013) solicitar la suspensión de contrato y acceder a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">“Este proyecto implica un alivio para más de 850 mil familias de nuestro país que hoy no tienen con quién dejar a sus hijos cuando salen a trabajar. Además, crea una licencia médica preventiva parental para aquellas madres o padres que, habiendo terminado su permiso postnatal, no puedan regresar a sus empleos. Con esta Ley queremos dar una respuesta a una necesidad de miles de personas, dándoles un respiro y una tranquilidad para cuidar a sus hijos sin poner en riesgo la vida y la salud de ellos”, señaló el Ministro (s) del Trabajo, Fernando Arab.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">En tanto, el Subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, destacó la licencia médica COVID-19, que beneficiara específicamente a cerca de 45 mil madres o padres, que son trabajadores dependientes, independientes y funcionarios públicos, y que vieron vencido su postnatal parental desde el 18 de marzo. Resaltó asimismo el enfoque de “corresponsabilidad” que se consagra en la nueva normativa, ya que podrá ser solicitada tanto por la madre, como el padre o cuidador. También destacó, la autonomía que tendrá el trabajador para optar por este beneficio ya que, en caso de solicitarlo, el empleador no podrá negarse.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">El subsecretario Pizarro agregó que, tanto la licencia médica preventiva parental como las prestaciones que se reciban por haber suspendido los contratos de trabajo por motivos de cuidado “serán completamente compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia y otros beneficios”.<u></u><u></u></p>
<p align="justify"><b>Periodo de vigencia</b><u></u><u></u></p>
<p align="justify">La <b>licencia preventiva Covid-19</b> podrá ser solicitada por el beneficiario del permiso de postnatal parental por un plazo de 30 días, prorrogables por dos veces por períodos continuos hasta completar tres meses, siempre que se encuentre vigente el estado de excepción constitucional.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Las madres, padres o cuidadores de niños nacidos desde 2013 en adelante, podrán acogerse a la <b>suspensión de su contrato de trabajo por motivos de cuidado</b> y a percibir los beneficios de la Ley de Protección al Empleo, mientras el establecimiento educacional del o los niños o niñas no se encuentren funcionando por acto o declaración de autoridad por motivo del COVID-19.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">Las trabajadoras y trabajadores de casa particular tendrán derecho a solicitar la licencia preventiva COVID-19 siempre que hayan hecho uso del permiso postnatal parental o pedir la suspensión unilateral de su relación laboral por motivos de cuidado y acogerse a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo siempre que tengan acceso a las prestaciones contempladas en el artículo 4° de la ley N° 21.227.<u></u><u></u></p>
<p align="justify"><b>Monto del beneficio</b><u></u><u></u></p>
<p align="justify">El monto del subsidio asociado a la licencia Covid-19 será equivalente al del subsidio que haya tenido por causa el permiso postnatal parental, y será pagada por la Isapre a la que esté afiliado el trabajador (a) o Fonasa, según corresponda.<u></u><u></u></p>
<p align="justify">En el caso de quienes se acojan a la suspensión de su contrato de trabajo por motivos de cuidado, sus montos estarán directamente asociados a lo establecido en la Ley de Protección al Empleo. Las prestaciones de que trata la presente ley serán compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia, así como también con otros beneficios económicos.</p>
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