Categories: actualidad

Vínculo paterno filial, la otra cara de la protección a los derechos de la mujer

Francisca Silva, académica Carrera de Derecho UDLA Sede Viña del Mar

Durante décadas, se ha reconocido a la figura materna como esencial para el desarrollo infantil integral. Sin embargo, desde fines de los 90, se ha comprobado que la participación paterna activa también es clave en la formación de niños seguros y autónomos. Esto llevó en el 2013 a la consagración en el Código Civil del principio de corresponsabilidad parental, estableciendo igualdad de deberes y derechos entre ambos progenitores.

Paralelamente, el legislador ha avanzado en la protección de las mujeres frente a la violencia estructural, por ejemplo, con la Ley 21.675 (2024), que introduce la figura denominada por la doctrina como “violencia vicaria”, daño ejercido sobre niños y niñas con el fin de afectar a sus madres o cuidadoras. Esta figura excluye de resguardo a los casos en que se busca afectar al padre o su vínculo con los hijos mediante la generación de un daño sobre estos últimos.

Los artículos 31 y 33 de dicha ley permiten suspender el contacto entre padre e hijo frente al solo “riesgo inminente” de violencia contra la madre, incluso cuando no existe acreditación formal, bastando la concurrencia de ciertas circunstancias para presumir este riesgo, como la sola dependencia económica de la madre respecto del padre, lo que podría llevar a decisiones judiciales que limiten el vínculo padre-hijo sin existir pruebas concluyentes.

Aunque urge erradicar la violencia de género, también es necesario proteger el derecho de los hijos a mantener relaciones con ambos progenitores y el de padres comprometidos a no ser apartados injustamente de ellos. No son casos aislados aquellos en que padres presentes y afectivos son alejados por denuncias que luego no se acreditan.

La solución no está en debilitar las políticas de género, sino en mejorar los estándares de prueba, asegurar decisiones proporcionales y evaluar acciones indemnizatorias cuando existan perjuicios graves por denuncias injustificadas. Esto garantizaría igualdad de trato, evitando el uso instrumental del sistema judicial.

No se debe olvidar que una sociedad verdaderamente igualitaria también debe reconocer el valor del rol paterno y garantizar procesos equilibrados, donde se proteja a todos los sujetos de derecho, en especial a los niños, niñas y adolescentes, cuyo bienestar debe ser el centro.

Prensa

Recent Posts

Más de 200 mujeres se reunieron en Quillota para relevar su rol en la agricultura, la sostenibilidad y el desarrollo territorial

La segunda versión del Seminario “Mujeres del Agro” realizada en el Centro Cultural Leopoldo Silva,…

7 horas ago

IPS-ChileAtiende Valparaíso amplía cobertura con nuevo Centro de Atención Virtual en Algarrobo

Se trata del séptimo Centro de Atención Virtual en la región, que busca facilitar la…

12 horas ago

Hospitales de Valparaíso permiten visitas de mascotas a pacientes hospitalizados

La iniciativa ya se aplica en tres recintos de la región: Hospital Gustavo Fricke, Hospital…

18 horas ago

Crimen por celos en Laguna Verde termina con dura condena: 20 años de cárcel para autor de homicidio calificado

Tribunal acreditó que el acusado actuó con alevosía: ingresó de madrugada a la vivienda de…

21 horas ago

PUCV avanza en Inteligencia Artificial con algoritmos capaces de “aprender” de su propio desempeño

La investigación, financiada por Fondecyt Regular, busca dotar a los métodos metaheurísticos de mayor flexibilidad…

1 día ago

Académica PUCV explica qué ocurre en la piel durante la sarna noruega y por qué puede albergar millones de ácaros

La manera en que progresa el engrosamiento de los tejidos de la piel provoca múltiples…

1 día ago